Lo más importante
- SIRCUPA es el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago. Lo administra la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y sirve para que las provincias cobren Ingresos Brutos sobre la plata que entra a una cuenta de pago, es decir, a un CVU.
- Se aprobó con la Resolución General 9/2022 de la Comisión Arbitral y rige desde el 1 de octubre de 2022.
- No alcanza a todo el mundo: solo a quienes son contribuyentes de Ingresos Brutos y figuran en el padrón que arma cada provincia adherida.
- Lo retenido no es un impuesto nuevo: es un pago a cuenta de Ingresos Brutos que después se descuenta en la declaración jurada.
- La alícuota la fija cada provincia. En la provincia de Buenos Aires va del 0,01% al 5%, según la Resolución Normativa 25/2025 de ARBA.
- Podés consultar si estás en el padrón en el módulo de contribuyentes de la Comisión Arbitral.
Esta guía explica cómo funciona el régimen con las normas oficiales a la vista. No es asesoramiento impositivo: tu situación concreta la tiene que revisar un contador.

Qué es SIRCUPA
SIRCUPA es un sistema de recaudación. La Comisión Arbitral lo define como un régimen aplicable sobre los importes acreditados en cuentas de pago abiertas en empresas proveedoras de servicios de pago, según los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos que crean las jurisdicciones adheridas.
Dicho simple: cuando entra plata a tu CVU, la empresa que te da esa cuenta puede tener que separar un porcentaje y depositarlo a nombre tuyo en la provincia. Es la versión para billeteras virtuales de lo que ya existía para las cuentas bancarias con SIRCREB.
Tres piezas lo hacen funcionar:
- La Comisión Arbitral administra el sistema: publica el padrón, recibe las declaraciones de los agentes y reparte lo recaudado entre las provincias. La Resolución General 9/2022 aprobó el sistema y creó un Comité de Administración.
- Cada provincia adherida decide a quién incluir en el padrón y con qué alícuota. Según la misma resolución, la administración del padrón y los reclamos de los contribuyentes son responsabilidad exclusiva de cada jurisdicción.
- Los proveedores de servicios de pago actúan como agentes de recaudación: retienen al acreditar y depositan lo retenido.
Por qué te retienen en tu CVU
Un CVU identifica una cuenta de pago: la que te abre una billetera virtual o un proveedor de servicios de pago, no un banco. SIRCUPA apunta justamente a esas cuentas.
Los agentes de recaudación son los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen Cuentas de Pago (PSPOCP), regulados por las Comunicaciones «A» 6859 y «A» 6885 del Banco Central e inscriptos en el registro de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. La Comisión Arbitral publica el listado de agentes habilitados.
Para que te retengan tienen que darse dos cosas a la vez:
- Sos contribuyente de Ingresos Brutos. La Comisión Arbitral indica que los sujetos pasibles son los contribuyentes del impuesto, tanto de Convenio Multilateral como locales, de las jurisdicciones adheridas.
- Tu provincia te incluyó en el padrón del mes. Si no figurás, el agente no tiene alícuota para aplicarte.
Si cobrás por tu trabajo o tu negocio en una billetera virtual y estás inscripto en Ingresos Brutos, lo más probable es que ese sea el motivo.
Un ejemplo con norma: la provincia de Buenos Aires
Cada provincia dicta su propia norma de adhesión. La de ARBA sirve para ver cómo se arma el régimen, artículo por artículo. Es la Resolución Normativa 25/2025, con modificaciones posteriores:
| Qué define | Qué dice la norma de ARBA |
|---|---|
| Qué se recauda | Ingresos Brutos sobre importes en pesos y en moneda extranjera, excepto dólares estadounidenses, acreditados en cuentas de PSPOCP (art. 1). |
| A quién | Titulares de cuentas de pago que sean contribuyentes de Ingresos Brutos en la provincia e integren el padrón publicado por la Comisión Arbitral (arts. 3 y 5). |
| Quién retiene | Los PSPOCP inscriptos en el registro del Banco Central que sean contribuyentes del impuesto en la provincia (art. 4). |
| Alícuota | La indica el padrón con una letra: de la A (0,01%) a la Z (5%). Para Convenio Multilateral, la base es 1% en el régimen general, con alícuotas propias para algunas actividades (art. 9). |
| Qué queda afuera | Entre otros: sueldos y jubilaciones, transferencias entre cuentas del mismo titular, transferencias desde el exterior, AUH y otros beneficios sociales, devoluciones de impuestos (art. 8). |
| Para qué sirve lo retenido | Es impuesto ingresado: se computa como pago a cuenta del anticipo del mes y del mes anterior; el excedente pasa a los anticipos siguientes (arts. 10 y 11). |
| Retenciones erróneas | El agente puede devolverlas si no pasaron 90 días; después se piden ante ARBA (art. 7). |
| Desde cuándo | 1 de octubre de 2025 para los agentes ya designados por otras provincias; 1 de noviembre de 2025 para el resto (art. 15). |
Otras provincias tienen normas parecidas, pero no iguales: la alícuota, las exclusiones y los plazos pueden cambiar. La Comisión Arbitral publica el listado de jurisdicciones adheridas y el de operaciones exceptuadas consensuadas.
Cómo ver si estás en el padrón
La Comisión Arbitral ofrece dos caminos:
- Módulo Contribuyentes, una consulta pública en sircreb.comarb.gob.ar.
- SIFERE WEB, módulo Consultas, con clave fiscal. Ahí figuran el motivo de la inclusión, las alícuotas y los coeficientes.
El agente también tiene que informarte lo recaudado: en la norma de ARBA, por ejemplo, el resumen de cuenta mensual debe mostrar el total retenido por el régimen, y ese resumen es la constancia de la recaudación (art. 10).
Qué pasa con lo que te retuvieron
Lo retenido se descuenta del impuesto. La Comisión Arbitral explica cómo se deducen: los contribuyentes locales lo hacen en el aplicativo de su provincia y los de Convenio Multilateral, en SIFERE WEB, en la carga de deducciones, donde el sistema sugiere las retenciones informadas por los agentes.
Si las retenciones superan lo que te toca pagar, se acumula un saldo a favor. Algunas provincias tienen trámites para revisar la alícuota asignada: ARBA, por ejemplo, publica la solicitud de adecuación de alícuotas de recaudación, con requisitos propios. Si te conviene y cuándo, lo evalúa tu contador.
Si creés que la retención no corresponde
La Comisión Arbitral separa los casos:
- Te incluyeron y no sabés por qué. En SIFERE WEB podés ver el motivo y hacer una consulta puntual al Comité de Administración.
- Te retuvieron sin estar en el padrón del mes. Lo primero es confirmar con el agente que se trata de SIRCUPA, si corresponde a acreditaciones del mes anterior y si algún cotitular está en el padrón.
- Consultas y reclamos sobre la inclusión: por correo a sircupa@comisionarbitral.gob.ar, con tu CUIT y una descripción breve, o desde SIFERE WEB, según la Comisión Arbitral.
Como la inclusión en el padrón la decide cada provincia, la discusión de fondo suele terminar en la agencia de recaudación de tu jurisdicción. Consultá con tu contador antes de presentar nada.
SIRCUPA y tu CVU de YouHodler
En YouHodler, el CVU y el alias identifican una cuenta de pago en pesos a tu nombre, provista por BIND PSP S.A. Es el mismo tipo de cuenta que alcanza SIRCUPA. Si se aplica o no a tus acreditaciones depende de lo de siempre: que seas contribuyente de Ingresos Brutos, que tu provincia te haya incluido en el padrón y que la operación no esté excluida. Qué proveedores actúan como agentes lo publica la Comisión Arbitral.
SIRCUPA mira la plata que entra en pesos a la cuenta de pago. Lo que pasa con impuestos por tener o vender cripto es otro tema, y lo contamos en la guía de impuestos a las criptomonedas en Argentina.

